El próximo 2 de julio, ExpatFeliu participará en una jornada bajo el título "Estrategias de expatriación e impatriación" que tendrá lugar en AMEC, Asociación Multisectorial de Empresas, en Madrid.
La Sra. Montserrat Feliu, socia directora de Feliu N&I, presentará los aspectos laborales, fiscales y migratorios que los procesos de expatriación e impatriación implican, así como las estrategias a seguir en los mencionados procesos.
El próximo 1 y 2 de julio de 2015, Feliu N&I participará en la nueva edición del BizBarcelona, en el recinto de Montjuïc de Fira de Barcelona, en la zona de asesoramiento en internacionalización, concretamente en las mesas de la AIJEC (Asociación Independiente de Jóvenes Empresarios de Cataluña).
El pasado 12 de junio de 2015 se publicó la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de Internacionalización agrupada de ACCIÓ.
El objetivo de esta ayuda es potenciar la agrupación y cooperación entre empresas para la internacionalización de sus productos o servicios con la ejecución de proyectos de larga duración con un mismo objetivo, bajo el amparo de una entidad promotora.
Se consideran dos tipos de beneficiarios:
1. Empresas con ánimo de lucro y domicilio social en Cataluña que tengan una facturación superior a los 100.000 euros o un volumen de exportación superior a 60.000 euros el año anterior al de la solicitud.
2. Las Agrupaciones de Interés Económico y las cooperativas de servicios sin ánimo de lucro siempre y cuando las empresas que las forman cumplan con los requisitos que se han definido en la base anterior.
Los requisitos son:
1. Los proyectos deberán llevarse a cabo a través de la creación de un grupo de cooperación empresarial.
2. Las empresas no deben tener ninguna relación accionarial o de participación entre ellas, ni acuerdos que imposibiliten el libre funcionamiento de la actuación planteada.
3. Los grupos de cooperación deberán estar formados por un mínimo de 3 empresas.
4. Deberán contar con la figura de una Entidad Promotora (cámara de comercio, asociación empresarial, organización patronal, fundación o empresa que tenga a sus objetivos la promoción internacional de las empresas) y de un Gerente para la ejecución del Plan de Actuación con una dedicación mínima de 50 horas mensuales.
Gastos subvencionables:
• Gastos facturados por la entidad promotora a las empresas para las tareas de coordinación y promoción, con un máximo de gasto subvencionable de 7.000 euros por proyecto (la intensidad de la ayuda será de hasta un 75% del coste subvencionable).
• Gastos facturados por el gerente a las empresas para la realización de las tareas descritas en el plan de actuación, con un máximo de 25.000 euros por proyecto (La subvención será de hasta un 40% del coste subvencionable).
• Material de promoción conjunta y / o gastos de exposición conjunta de productos o servicios (hasta un 40% del coste subvencionable).
El importe total de la ayuda será de un máximo de 30.000 euros por proyecto, y no podrá superar el 45% del gasto subvencionable aceptada.
El plazo máximo de presentación de la ayuda es el próximo 29 de septiembre de 2015.
Feliu queda a su disposición para apoyarlo en la presentación de la solicitud de la ayuda.
En el pasado 10 de Junio, en la cimera que la Unión Europea celebró en Bruselas con los países de América Latina y el Caribe, significó la supresión de los visados Schengen para los ciudadanos de Colombia y Perú.
Tras diversas negociaciones, la eliminación de la visa Schengen es un hecho. La II Cumbre CELAC-UE que se realizó en Bruselas fue el escenario de la firma del acuerdo. Ollanta Humala, presidente del Perú, y Juan Manuel Santos Calderón, de Colombia firmaron los acuerdos que ponen fin a los visados.
Dicho acuerdo supone reducir la burocracia para entrar en territorio comunitario ya que conlleva la eliminación de los visados para viajar a la UE, tanto a Colombia como Perú eran los dos únicos Estados de América Latina cuyos ciudadanos se les exigía visado para viajar a la UE, a pesar de tener un acuerdo de libre comercio.
El citado acuerdo permitirá a los ciudadanos de ambos países viajar sin visado a los 26 países de la Unión Europea, excepto el Reino Unido e Irlanda, que comprenden el espacio Schengen durante un periodo máximo de 90 días.
Como último paso, la firma de estos documentos deberá ser ratificada por cada uno de los Estados que pertenecen al espacio Schengen.
La desaparición de los visados no será inminente, está previsto que entre en vigor el último trimestre de este año.
España está a favor de extender esta medida también en el Ecuador.
El Departamento de Estado de Estados confirmó oficialmente el pasado 29 de mayo la salida de Cuba de su listado de países que apoyan el terrorismo, al que ingresó en 1982 por iniciativa del entonces presidente Ronald Reagan. En este listado, actualmente, quedan solamente Irán, Siria y Sudán.
Al entrar en vigor, la retirada de Cuba de la lista supondrá la eliminación de una serie de sanciones, como la prohibición de la venta de armas, de ayuda económica y de transacciones financieras. En lo inmediato, esto permite a La Habana que sus diplomáticos puedan abrir cuentas bancarias.
Se espera ahora que los dos países anuncien en cualquier momento el intercambio de embajadores. La decisión ayuda también a abrir un camino para el levantamiento del resto de sanciones comerciales que se mantienen contra la isla.
Las personas físicas No residentes en la Unión Europea pueden en virtud del art.21 de nuestra ley del IVA aplicarse el reembolso de este impuesto en sus compras realizadas en España siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- El importe total de las compras debe ser superior a 90,15 euros.
- El comprador debe ser no residente en la Unión Europea (la residencia de los viajeros se acreditará mediante pasaporte, documento de identidad, o cualquier otro documento válido en derecho)
- Los bienes comprados deben salir de la Unión Europea en el plazo máximo de tres meses desde que se efectúa la compra.
Por tanto, no es posible solicitar el reembolso del IVA por facturas o tickets de restaurantes, hoteles o alimentos ya que no están contemplados como productos exportables sino consumibles.
- El vendedor deberá emitir factura en la que se consignarán los bienes adquiridos y separadamente, el impuesto correspondiente.
En este sentido desde el 1 de Enero de 2015 la factura puede emitirse en papel y también en formato electrónico.
- El conjunto de los bienes adquiridos no deben constituir una posible actividad comercial.
Desde Feliu N&I ofrecemos nuestro servicio de asesoría a las personas físicas no residentes, que temporalmente se encuentran en España y que por la compra de bienes en el país, son susceptibles de solicitar el reembolso del IVA de los bienes adquiridos.
El pasado 15 de junio, la Superintendencia del Sistema Financiero de El Salvador hizo público el anuncio de un nuevo aplicativo web denominado Sistema de Elaboración de Planillas Previsionales (SEPP), cuya utilización será obligatoria a partir del año 2016.
Esta herramienta permite la elaboración, validación y generación de planillas de cotizaciones previsionales. El citado aplicativo permite la validación de datos en tiempo real, con mejores mecanismos de seguridad, confidencialidad y estandarización de formatos para el envío de la información.