Según el abogado general de la UE la respuesta es clara: si. El debate se ha abierto a raíz de la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Barcelona al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras constatar la diversidad de respuestas de otros juzgados y audiencias ante una cuestión tan controvertida.
Tal como ha constatado la Comisión Europea en una decisión de julio de 2016, el cártel constituido por los principales fabricantes de camiones para aumentar los precios brutos de los mismos ha conllevado que miles de empresas demanden a los fabricantes para pedir una indemnización por el sobreprecio pagado por los vehículos.
La pregunta planteada al TJUE fue si la unidad económica que se da en una multinacional justifica que la responsabilidad derivada de determinados actos de la matriz se pueda exigir a la filiales.
A pesar de que no ha habido aun pronunciamiento por parte del tribunal, el abogado general de la UE ha emitido recientemente un informe de conclusiones en el que muestra su opinión favorable a que se pueda exigir una indemnización por daños y perjuicios a las filiales en los casos de un cártel como el de los camiones.
Para ello deben demostrarse dos cosas: primera, que las dos empresas forman una unidad económica cuando se cometió la infracción y, segunda, que ha habido una contribución al propósito del cártel por parte de la filial.