El pasado martes, 25 de mayo, el Congreso aprobó el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que seguirá su trámite en el Senado y que salva las inspecciones sorpresa de Hacienda.
En el mes de octubre el Tribunal Supremo anuló la capacidad de la Agencia Tributaria de realizar inspecciones “por sorpresa” en el domicilio de los contribuyentes por falta de autorización judicial, pero ahora parece que el gobierno pretende avalar dicha práctica mediante la modificación de la regulación del procedimiento inspector.
La sentencia mantenía que la autorización judicial de entrada debía de estar conectada con la existencia de un procedimiento inspector ya notificado al interesado, evitando de esta forma la entrada arbitraria regida por “corazonadas” por parte de los inspectores de hacienda.
Pues bien, en el texto en el que se está trabajando se incluye que, aunque se deberá disponer de autorización judicial por lo que la entrada en el domicilio deberá estar “debidamente justificada y motivada”, la solicitud y autorización judicial podrían practicarse antes del inicio formal del procedimiento.
Deberemos estar atentos la aprobación del texto final por parte de las Cortes puesto que dicha iniciativa podría llegar a considerarse inconstitucional, por la eventual violación de los derechos de los contribuyentes.