Declaración de la renta de no residentes para trabajadores desplazados

Compartir:

Declaración de la renta de no residentes

Las personas físicas que no permanezcan en territorio español durante al menos 183 días en un año natural y no tengan el núcleo principal de intereses económicos y personales en España serán considerados no residentes fiscales en España y deberán tributar aplicando la normativa española para no residentes si obtienen, entre otras, algunas de las siguientes rentas en España:

– Rentas por arrendamiento de inmuebles de su titularidad ubicados en España.
– Imputación de rentas inmobiliarias cuando el inmueble de su titularidad ubicado en España no esté arrendado.
– Rendimientos de capital mobiliario como dividendos de acciones españolas.
– Rendimientos por trabajos realizados efectivamente en España.

Por ello, se debería analizar la naturaleza de cada renta obtenida para determinar la obligatoriedad de tributación en España como no residente, así como la residencia fiscal en cada ejercicio fiscal.

Estamos a su disposición para asesorarles y preparar las Declaraciones de la Renta de No Residente de sus trabajadores desplazados, en los casos que sea necesario.

Otras Noticias

ATENCIÓN CON EL CAMBIO DE RESIDENCIA FISCAL: EL TEARC CONFIRMA QUE PASAR MENOS DE 183 DÍAS EN ESPAÑA NO TE CONVIERTE AUTOMÁTICAMENTE EN NO RESIDENTE

Muchos contribuyentes creen que con pasar menos de 183 días al año en España y obtener un certificado de residencia fiscal en otro país obtendrán automáticamente la consideración de NO RESIDENTE. El TEARC acaba de demostrar que no es tan sencillo. En su resolución RG 10390/2022, de 19 de febrero de 2026, el Tribunal Económico-Administrativo

Leer más »
Scroll al inicio