TANZANIA RESTRINGE DIVERSAS ACTIVIDADES COMERCIALES A CIUDADANOS NACIONALES

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El Gobierno de Tanzania ha aprobado una nueva normativa que limita el ejercicio de determinadas actividades económicas exclusivamente a ciudadanos tanzanos. La medida, impulsada por el Ministerio de Industria y Comercio, fue formalizada mediante la Orden sobre Licencias Comerciales (Prohibición de Actividades Comerciales para No Ciudadanos), 2025, publicada en el Aviso Oficial N.º 487 el 28 de julio de 2025.

Esta disposición se enmarca en las reformas introducidas por la Ley de Finanzas 2025, que faculta al ministro correspondiente a definir sectores o actividades reservadas a la población local, con el objetivo de fortalecer la participación nacional en la economía interna.

 

Qué se considera “no ciudadano”

A efectos legales, la Orden entiende por “no ciudadano” a toda persona que no cumpla con los criterios de ciudadanía establecidos en la Ley de Ciudadanía de Tanzania (Cap. 357).
Dicha ley reconoce tres vías para adquirir la nacionalidad:

  1. Por nacimiento, cuando al menos uno de los padres sea tanzano.
  2. Por descendencia, si uno de los progenitores era ciudadano en el momento del nacimiento.
  3. Por naturalización, mediante solicitud y concesión oficial del Ministerio del Interior.

Quienes no encajen en ninguno de estos supuestos se consideran extranjeros a efectos de la nueva normativa.

 

Actividades reservadas a tanzanos

La Orden prohíbe que personas extranjeras desarrollen una amplia gama de actividades, entre ellas:

  • Comercio minorista y mayorista (salvo supermercados y tiendas especializadas).
  • Servicios de transferencia de dinero móvil.
  • Reparación de teléfonos y aparatos electrónicos.
  • Peluquerías o salones de belleza fuera del ámbito turístico u hotelero.
  • Limpieza de viviendas, oficinas y espacios públicos.
  • Minería a pequeña escala.
  • Actividades postales y de mensajería nacional.
  • Servicios de guía turística dentro del país.
  • Explotación de emisoras de radio o televisión.
  • Gestión de museos o tiendas de artesanía.
  • Intermediación o corretaje en bienes raíces o negocios.
  • Servicios de transporte y despacho aduanero.
  • Compra de cosechas directamente en fincas.
  • Explotación de máquinas recreativas fuera de casinos.
  • Propiedad u operación de micro y pequeñas industrias.

 

Licencias y sanciones

Desde la entrada en vigor de la Orden, el 28 de julio de 2025, las autoridades no podrán otorgar ni renovar licencias a personas extranjeras para estas actividades.

Los incumplimientos serán sancionados con:

  • Para no ciudadanos: multa mínima de 10 millones de chelines tanzanos (TZS), prisión de hasta seis meses y revocación del visado y permiso de residencia.
  • Para ciudadanos que colaboren o encubran actividades prohibidas: multa de al menos 5 millones de TZS o prisión no inferior a tres meses.

Asimismo, se concede un periodo transitorio: los extranjeros que ya cuenten con una licencia válida podrán continuar operando hasta su vencimiento, pero no podrán renovarla.

 

Implicaciones

Esta medida representa un cambio significativo en la política económica de Tanzania, orientado a proteger los negocios locales y fomentar la participación nacional en sectores considerados estratégicos.
Las empresas extranjeras que operan en el país deberán revisar su situación y, en su caso, adaptar o reestructurar sus actividades antes del vencimiento de sus licencias actuales.

 

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