El pasado 1 de abril entró en vigor la Nueva Ley de Patentes española que sustituye a la Ley vigente por el momento del 1986.
La nueva Ley modifica sustancialmente los procedimientos de tramitación para obtener una patente en España, como por ejemplo imponiendo el Examen obligatorio (antes opcional). Además, se especifican y actualizan otros aspectos como el de los derechos de los inventores y hacen necesaria la petición y el pago de las tasas del Informe del Estado de la Técnica (IET) al realizarse la solicitud.
Además, la nueva Ley incluye sustanciales cambios para la modalidad de protección de Modelo de Utilidad, como por ejemplo el nuevo requisito de novedad absoluta o la necesaria petición de un Informe del Estado de la Técnica para poder ejercitar acciones legales contra supuestos infractores.
A su vez, para reducir las cargas económicas, se establecen nuevas reducciones de tasas para Pymes y personas físicas.
Sin duda, la obligatoriedad de someter las solicitudes de patente a un examen sustantivo refuerza más si cabe la necesidad de contar con un Agente de la Propiedad Industrial acreditado para la preparación, redacción y defensa de sus solicitudes.