Publicación en el diario ofidial de la unión europea del recurso de inclumpimiento ante el TJUE por los aspectos controvertidos del modelo 720

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Modelo 720

Tras varias acciones de la Comisión Europea tendentes a disuadir al Gobierno Español a la modificación de la regulación del proceso sancionador del Modelo 720 (modelo en el que los residentes fiscales españoles informan sobre los bienes y derechos sitos en el extranjero la valoración de los cuales supere los 50.000 euros), finalmente la Comisión Europea ha impuesto recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con las siguientes pretensiones:

– Que se declare que el Reino de España ha incumplido varios preceptos del ordenamiento jurídico marco europeo (TFUE y EEE), en cuanto:

o Establece que el incumplimiento de la obligación de información conlleva la calificación de los activos extranjeros como ganancias patrimoniales injustificadas que no prescriben

o Fija una multa pecuniaria del 150% sobre la cuota resultante tras imputar el activo como ganancia patrimonial injustificada

– Aplica multas pecuniarias fijas por el incumplimiento de la obligación de información o por presentación extemporánea muy superiores a las sanciones previstas en el régimen general para infracciones similares

Aunque la Sentencia del TJUE podría tardar aproximadamente un par de años, se prevé que acabe condenando a España por la vulneración de la actual normativa del Derecho de la UE. Así mismo, cabría esperar la suspensión de los procedimientos sancionadores en curso del Modelo 720, ya que así lo prevé la propia norma de desarrollo del procedimiento administrativo común cuando existe un proceso no finalizado en el ámbito de la UE que pueda condicionar el contenido de la resolución a emitir.

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