República Dominicana ha establecido una serie de incentivos para la inversión extranjera, según los diferentes sectores económicos:
– Sector Agroindustrial: cuenta con la Ley No. 150-97 que establece tasa cero a los insumos, equipos y maquinarias para proyectos agropecuarios.
– Sector de los Centros de Contacto (Contact Center): se constituyen bajo la Ley No. 8-90 de Zonas Francas de Exportación y operan como Zonas Francas de Servicio, aprovechando la exención total de impuestos que este régimen especial le confiere.
– Sector Confecciones, Textiles y Calzado: entre otras leyes que le competen, destaca la Ley No. 56-07 de fecha 4 de mayo 2007, que declara de prioridad nacional los sectores pertenecientes a la cadena textil, confección y accesorio, pieles, fabricación de calzados de manufactura de cuero y crea un régimen nacional regulatorio para estas industrias.
– Sector Energías Renovables: se constituyen bajo la Ley No. 57-07 de Energía Renovable y sus beneficios son la exención de todo tipo de impuestos de importación, reducción de impuestos por financiamiento pagado al exterior e incentivo fiscal para auto-productores de energía.
– Minería: destaca que el pago de regalías está exonerado de impuestos.
– Sector Turismo: otorgan una exención de un 100% aplicable al Impuesto Sobre la Renta (ISR), impuestos nacionales y municipales, Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI) o impuesto sobre activos, entre otros.
También destacan incentivos para el sector cinematográfico y para pensionados y rentistas de fuente extranjera.