El Real Decreto Legislativo 50/2017 reconoce el crédito fiscal por inversiones publicitarias por parte de empresas, autónomos y entidades no comerciales, que podrá llegar hasta el 50% del valor total de todas las inversiones publicitarias subvencionadas.
La novedad es que en el presupuesto del 2021 se preveía que las inversiones publicitarias debían ser sólo para prensa (física o digital). Ahora se ha ampliado el ámbito de aplicación a también las inversiones en publicidad en radio y televisión.
Se prevé un crédito fiscal limitado a 90 millones de euros, para cada uno de los ejercicios 2021 y 2022, repartiéndose de la siguiente forma:
– Para inversiones publicitarias en diarios y periódicos, incluido online límite de 65 millones de euros
– Para inversiones en radio y televisión límite de 25 millones de euros
Para acceder a la subvención, los interesados deberán presentar en el formulario correspondiente:
– “Comunicación de acceso al crédito fiscal», que contenga los datos de las inversiones realizadas o por realizar en el año subvencionado;
– «Declaración sustitutiva relativa a las inversiones realizadas», realizada para declarar que las inversiones señaladas en la comunicación de acceso al crédito fiscal, presentada anteriormente, fueron efectivamente realizadas en el año subsidiado y que cumplen con los requisitos.