El modelo 231, Declaración de información país por país, es un instrumento que permite evaluar los riesgos en la política de precios de transferencia de un grupo de entidades vinculadas, sin que éste pueda servir de base a la Administración tributaria para realizar ajustes de precios.
Este modelo deberá ser presentado en los 12 meses posteriores a la finalización del período impositivo y su fecha límite de presentación es el 31 de diciembre.
Las entidades que están obligadas a declararlo son las siguientes:
– Las matrices dominantes (últimas) españolas de grupos multinacionales.
– Las filiales españolas de grupos dónde la matriz:
o No esté obligada a presentar esa información en su país de residencia.
o Autoridades fiscales del país o territorio donde reside no hayan suscrito el acuerdo de intercambio automático de información es esta materia.
– Las filiales españolas que hayan sido designadas por su grupo como encargadas de preparar y presentar esta información ante la Agencia Tributaria (“entidades subrogadas”).
– Los establecimientos permanentes situados en el territorio español de entidades no residentes.
Hay que tener en cuenta que cualquier entidad residente en territorio español que forme parte de un grupo obligado a presentar la información país por país deberá suministrar, también, por vía telemática la identificación, el país o territorio y la condición de la entidad que elabore y presente esta información.