NOVEDAD NORMATIVA: OBLIGACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CBAM (FASE DEFINITIVA 2026)

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El 1 de enero de 2026, el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM, por sus siglas en inglés) de la Unión Europea ha entrado oficialmente en su fase definitiva. Esto supone el fin del periodo transitorio y el inicio de las obligaciones financieras para las empresas importadoras.

¿A qué productos afecta?

La normativa aplica a la importación de bienes intensivos en carbono: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno.

Requisitos y Trámites: El Estatus de Declarante Autorizado

A partir de ahora, es imprescindible contar con el estatus de Declarante CBAM Autorizado para poder introducir estos bienes en el territorio aduanero de la UE.

-Cómo solicitarlo: La inscripción debe realizarse a través del Registro CBAM ante la Autoridad Nacional Competente.

-Verificación: Las emisiones declaradas deberán estar auditadas y verificadas por un tercero independiente acreditado.

Nuevos Plazos y Obligaciones Tributarias

El paso a la fase definitiva transforma las obligaciones informativas en obligaciones económicas y anuales:

-Declaración Anual: Se eliminan los informes trimestrales. A partir de ahora se presentará una única declaración anual. La primera (correspondiente a las importaciones de 2026) se deberá presentar como máximo el 30 de septiembre de 2027.

-Compra de Certificados: A partir de 2027, los importadores deberán comprar y entregar «Certificados CBAM» equivalentes a las emisiones de CO2 generadas en la fabricación de los productos importados durante 2026. El precio de estos certificados estará vinculado al régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE).

-Exención (De minimis): Quedan exentas de estas obligaciones las importaciones inferiores a 50 toneladas anuales (a excepción de la electricidad y el hidrógeno, que no tienen umbral mínimo).

Asesoramiento especializado desde Feliu N&I
Desde Feliu N&I acompañamos a las empresas que importan productos sujetos al CBAM en la comprensión y adaptación a este nuevo marco regulatorio europeo. Nuestro equipo puede asesorar en la interpretación de la normativa y ayudar a identificar las obligaciones que pueden afectar a cada empresa, así como orientar sobre los pasos necesarios para cumplir con estos nuevos requisitos. Entre otras cuestiones, ofrecemos asesoramiento en aspectos como la obtención del estatus de Declarante CBAM Autorizado, el registro en el CBAM Registry, las obligaciones relacionadas con la declaración anual o los aspectos vinculados a la adquisición de certificados CBAM. De este modo, ayudamos a las empresas a anticiparse a estos cambios regulatorios y a gestionar sus operaciones de importación con mayor seguridad.

www.feliu.biz │ www.expatfeliu.com

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