El pasado 7 de Diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Convenio para evitar la doble imposición (CDI) entre España y Andorra en materia de impuestos sobre la renta y prevención de la evasión fiscal, el cual fue firmado por ambos países en fecha 8 de Enero de 2015.
Así pues se ha establecido que el Convenio entrará en vigor el próximo 26 de Febrero de 2016.
Dicho acuerdo supone el reconocimiento del sistema fiscal andorrano y una garantía jurídica para las inversiones de los agentes económicos de ambos estados, así como la eliminación de los costes fiscales que la ausencia de Convenio suponía.
El Convenio amplía el actual Acuerdo de Intercambio de Información firmado en el año 2010 por España y Andorra, pues incluye un artículo dedicado a la información fiscal.
En virtud de este artículo se establece la posibilidad de intercambio de información tributaria y lo que es más relevante, intercambio de información bancaria.
La petición de información podrá realizarse sobre ejercicios en los que ya esté vigente el anterior acuerdo.
En este sentido, se prevé además el intercambio automático de información en el momento en que Andorra adopte el estándar común de la OCDE, para lo cual el Gobierno andorrano ya se ha comprometido a efectuarlo a partir del año 2018.
El Convenio amplía también el intercambio de información hacia otras formas de cooperación como el intercambio automático o las comprobaciones conjuntas.