¿TIENES BIENES O DERECHOS EN EL EXTRANJERO? NO OLVIDES TU OBLIGACIÓN DE DECLARAR ANTES DEL 31 DE MARZO DE 2025

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Si eres residente en España y posees bienes o derechos en el extranjero, es importante que conozcas la obligación de informar sobre ellos mediante el Modelo 720. Esta declaración debe presentarse dentro del plazo establecido, que comprende desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2025. A continuación, te ofrecemos toda la información necesaria para cumplir con este requisito.

¿En qué consiste el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar tanto personas físicas como jurídicas residentes en España que posean determinados bienes y derechos en el extranjero, siempre que superen los umbrales establecidos por la normativa. Este instrumento tiene como finalidad principal combatir el fraude fiscal y garantizar que las autoridades tributarias españolas tengan un registro adecuado de los activos situados fuera del país.

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 720?

Están obligados a presentar esta declaración todos los residentes en España que, a 31 de diciembre de 2024 o en cualquier momento del año, cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • Cuentas bancarias: Ser titular, representante, autorizado o beneficiario de cuentas bancarias en entidades extranjeras, o disponer de poder de disposición sobre ellas.
  • Valores, derechos, seguros y rentas: Tener en el extranjero valores, derechos, seguros de vida o invalidez, así como rentas vitalicias o temporales.
  • Bienes inmuebles: Poseer bienes inmuebles o derechos reales sobre ellos ubicados fuera de España.

¿Qué bienes y derechos se deben declarar?

La obligación de declarar surge cuando los bienes y derechos situados en el extranjero superen los siguientes límites económicos:

  1. Cuentas bancarias: Cuando el saldo a 31 de diciembre de 2024 o el saldo medio del último trimestre del año supere los 50.000 euros.
  2. Valores, derechos, seguros y rentas: Si el valor de estos activos a 31 de diciembre de 2024 es superior a 50.000 euros.
  3. Bienes inmuebles: En el caso de bienes inmuebles o derechos sobre ellos cuyo valor exceda los 50.000 euros.

Plazo para presentar la declaración

La declaración correspondiente al ejercicio 2024 deberá presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025. Si se producen problemas técnicos que impidan la presentación dentro de este plazo, la Agencia Tributaria permite una prórroga de cuatro días naturales adicionales.

¿Cuándo es necesario volver a presentar el Modelo 720?

Si ya realizaste la declaración en ejercicios anteriores, deberás volver a presentarla en 2025 únicamente si se cumplen las siguientes circunstancias:

  • Los saldos o valores declarados previamente han aumentado en más de 20.000 euros.
  • Has dejado de ser titular, autorizado, representante o beneficiario de los bienes o derechos previamente declarados.

Cumplir con esta obligación es esencial para evitar posibles sanciones. Si necesitas más información o asesoramiento, consulta con un experto fiscal para asegurarte de que tu declaración sea correcta y completa.

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