El pasado viernes 19 de mayo de 2017 se firmó el Convenio Bilateral de Seguridad Social entre España y China, con el fin de evitar la doble cotización de los trabajadores desplazados a uno de los dos países.
El acuerdo se ha firmado en Alemania, durante la reunión de los ministros de Trabajo del G20, tras negociaciones que comenzaron en 2011 con reuniones en Madrid y Pekín.
El convenio garantiza la protección social de los trabajadores desplazados a uno de los dos países, al tiempo que reducirá gastos laborales, ya que se evita la doble cotización para estos trabajadores.
El acuerdo se ha suscrito por un plazo de seis años, durante los cuales los trabajadores chinos desplazados en España cotizarán a la Seguridad Social española para las prestaciones del Régimen General, y al organismo chino las cuotas para las pensiones derivadas de Contingencias comunes o accidente laboral.
Por otra parte, los trabajadores españoles desplazados a China cotizarán en España por las pensiones contributivas del Régimen General (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia) y las prestaciones de desempleo, y por tanto, quedarán exentas de cotizar al seguro básico de vejez y de desempleo de China. En cuanto las contingencias comunes y accidente de trabajo, incapacidad temporal y asistencia sanitaria, deberán cotizar en China.
Aparte de la aprobación de este convenio, se abre una iniciativa de cooperación entre la Unión Europea y China, con el fin de promocionar la igualdad y la inclusión social en el desarrollo económico de la sociedad china, donde España ha mantenido una presencia activa, con el fin de fortalecer el desarrollo de las políticas de protección social.