En una sesión celebrada el 30 de julio de 2020, el Consejo Monetario Nacional aprobó el nuevo valor base de OS $ 1.000.000,00 (un millón de dólares de los Estados Unidos), o su equivalente en otras monedas, para personas físicas o jurídicas. Los residentes domiciliados o con sede en el Brasil tienen que presentar anualmente la Declaración de las capitales brasileñas al extranjero.
Antes de este cambio, la suma base era de $ 100.000,00 (ciento mil dólares de los Estados Unidos), o su equivalente en otras monedas.
Por lo tanto, las personas físicas o jurídicas residentes, domiciliadas o con sede en el Brasil que posean, la data base del 31 de diciembre de cada año, activos o derechos de cualquier naturaleza al extranjero que sumen un valor igual o mayor a OS $ 1,000,000, 00 (un millón de dólares de los Estados Unidos), o su equivalente en otras monedas, tienen que informar estos activos y derechos en el Banco Central del Brasil a través de la Declaración de capitales brasileños al extranjero.
Merece la pena señalar que este cambio tiene efecto para las declaraciones de los próximos años.
Fuente: (ABE GIOVANINI Abogados)

OBLIGACIONES ANTE EL BANCO CENTRAL DE BRASIL: CAPITAL EXTRANJERO Y CAPITAL BRASILEÑO EN EL EXTERIOR
Las empresas y personas con inversiones internacionales deben prestar especial atención a las obligaciones informativas ante el Banco Central de Brasil (BCB). La normativa vigente establece diferentes declaraciones obligatorias relacionadas tanto con la recepción de capital extranjero en Brasil como con la tenencia de activos brasileños en el exterior, con plazos y requisitos específicos según


