Recordar que la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores exige y obliga a todas las sociedades a legalizar los libros sociales, (libros de actas, libro de registro de socios o acciones nominativas), anualmente y remitirlos telemáticamente al Registro Mercantil, en el plazo de 4 meses a partir del cierre del ejercicio, habitualmente el 31 de diciembre, finalizando el 30 de abril.
Por lo tanto, las actas de la Junta General de Socios, las del Consejo de Administración, y las modificaciones en la composición accionarial en el libro registro de socios y accionistas, del ejercicio 2014, ya deberían haberlo legalizado y presentado.
El plazo de legalización y presentación de las actas y de las modificaciones accionariales, realizadas durante el año 2015, se inicia el 1 de Enero de 2015, y finaliza el próximo 30 de abril de 2016.
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