La Comunidad de Madrid ha dado un paso significativo para atraer inversiones extranjeras al aprobar el pasado miércoles 19 de junio una deducción del 20% en la cuota autonómica del IRPF. Este incentivo está dirigido a contribuyentes procedentes del extranjero, con el objetivo de fomentar el empleo y la riqueza en la región.
El nuevo proyecto de Ley, aprobado por el consejo de gobierno de la Comunidad de Madrid, establece una deducción del 20% en la cuota autonómica del IRPF. Esta medida aplica a inversiones en diversas formas de activos financieros, como obligaciones, bonos, letras del tesoro, acciones de sociedades cotizadas y no cotizadas, y aportaciones en sociedades limitadas. Sin embargo, se excluyen las inversiones en inmuebles, como viviendas y garajes. La normativa se aplicará retroactivamente a todas las operaciones realizadas desde el 1 de enero de 2024.
Requisitos para beneficiarse de la deducción
Para acogerse a esta deducción, los inversores deben cumplir con ciertos requisitos:
- Residencia fiscal: Mantener la residencia fiscal en la Comunidad de Madrid durante un mínimo de seis años
- Residencia anterior: No haber sido residente en España durante los cinco años anteriores.
- Destino de la inversión: Las inversiones no deben estar en entidades domiciliadas en paraísos fiscales, ni en inmuebles.
- Relaciones laborales: El inversor no puede ejercer funciones ejecutivas, de dirección, ni mantener una relación laboral con la entidad en la que invierte.
El proyecto de ley se enviará a la asamblea de Madrid para su tramitación parlamentaria. Con la mayoría absoluta del partido popular en la cámara, se espera que la ley sea aprobada en los próximos meses, consolidando así esta deducción fiscal que promete fortalecer la economía madrileña atrayendo capital y talento extranjero.
Con esta medida, Madrid reafirma su compromiso de crear un entorno favorable para las inversiones extranjeras, incentivando a nuevos contribuyentes a establecerse y prosperar en la región.
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