Requisitos de entrada y residencia de nacionales de terceros países

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requisitos de entrada y residencia

En cuanto a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de terceros países con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación «au pair», se modifica la ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización con el fin de incorporar los aspectos de la Directiva 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016.

El objetivo de esta Directiva es mejorar la posición de la Unión Europea en la competencia mundial para atraer talento y promover la UE como centro mundial de excelencia para estudios y formación mediante la supresión de barreras migratorias y mejores oportunidades de movilidad y trabajo. La necesidad de aprovechar al máximo las oportunidades de migración legal y, especialmente de la migración cualificada de factor causante de la creación de empleo han marcado las últimas actuaciones europeas en materia de migración legal.

El Reglamento de desarrollo de la transposición de la Directiva es una oportunidad para suprimir ciertas barreras migratorias y cargas administrativas en relación a los procedimientos de admisión y residencia de los extranjeros de las categorías indicadas anteriormente.

Los cambios principales se refieren a:

– Las autorizaciones de residencia para investigadores.
– La retención de estudiantes internaciones y su permanencia tras la finalización de los estudios para la búsqueda de trabajo o para emprender un proyecto empresarial.
– La participación en programas de prácticas tal como los define la Directiva.
– La autorización de residencia por prácticas será solicitada por la entidad de acogida mediante medios electrónicos y tendrá validez en todo el territorio nacional.
– La admisión de estudiantes internacionales y su movilidad intraeuropea; y con voluntarios que participan en el Servicio Voluntario Europeo.

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