Ha sido publicada la Decisión (UE) 2016/437 del Consejo, de 10 de marzo de 2016, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Perú sobre exención de visados para estancias de corta duración, según la cual los ciudadanos de la Unión y los ciudadanos de Perú titulares de un pasaporte válido podrán entrar y permanecer sin visado en el territorio de Perú y de los Estados miembros que apliquen íntegramente el acervo de Schengen respectivamente, por un período máximo de 90 días cada 180 días. Este período máximo consiste en una visita continua o en varias visitas consecutivas cuya duración total no exceda de 90 días cada 180 días.

OBLIGACIONES ANTE EL BANCO CENTRAL DE BRASIL: CAPITAL EXTRANJERO Y CAPITAL BRASILEÑO EN EL EXTERIOR
Las empresas y personas con inversiones internacionales deben prestar especial atención a las obligaciones informativas ante el Banco Central de Brasil (BCB). La normativa vigente establece diferentes declaraciones obligatorias relacionadas tanto con la recepción de capital extranjero en Brasil como con la tenencia de activos brasileños en el exterior, con plazos y requisitos específicos según


